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Notifican multa a integrantes del Cabildo de Villa Juárez

No dieron cumplimiento a una sentencia
“Podrían ser destituidos si mantienen la postura”, así les notificó personal del juzgado mixto

Del equipo de redacción
Magistrados del Tribunal de lo Contencioso Administrativo de nuestro estado, acordaron de forma unánime considerar la destitución del presidente municipal de Villa Juárez, síndico y regidores, en caso de que no den cumplimiento a una sentencia emitida a principios de este mes en favor de una persona que trabajó en la Dirección de Seguridad.
Plurinominal tuvo acceso al acuse de recibo que se hizo llegar por el Juez Mixto de Primera Instancia del Noveno Distrito Judicial en el Estado, con residencia en nuestro municipio, cuyo número de oficio es SGA/424/11, destinado a la Dirección de la Policía Preventiva Municipal de Villa Juárez, que es la autoridad identificada en el expediente número 079/2007/1, en el caso promovido por Evodio Gutiérrez.
“Mediante los oficios de cuenta, el juez señalado en el párrafo anterior, envía diligenciados los exhortos números 35/11 y 43/11, correspondientes a los autos de ocho y veinte de junio de este año respectivamente. A lo anterior, los magistrados consideran que la autoridad no ha dado cumplimiento a la sentencia”.
Para los magistrados del Tribunal se considera el incumplimiento en base a las constancias del 20 de junio, cuando se requirió a los integrantes del Ayuntamiento de Villa Juárez para que dentro del término de cinco días, dieran cumplimiento a la sentencia, y se les apercibió que en caso de no hacerlo se les impondría una multa de cincuenta días de salario mínimo. “Dicho requerimiento se notificó a los integrantes del Ayuntamiento, por conducto del juez exhortado, el día cinco de julio del año en curo, sin que haya expresado argumento alguno”.
Consecuentemente los magistrados fundamentaron que se hace efectivo el apercibimiento del veinte de junio de2011 y se impuso a cada uno de los integrantes del Ayuntamiento una multa de dos mil ochocientos treinta y cinco pesos, equivalente a cincuenta días de salario mínimo general.
Fundamentados en el artículo 100, párrafo segundo de la Ley de Justicia Administrativa, “se requiere a los integrantes del Ayuntamiento para que dentro del término de cinco días, contados a partir del siguiente a que reciban la notificación de este auto, den cumplimiento a la sentencia.
Se apercibe a los integrantes del Ayuntamiento, que en caso de insistir en no cumplir, se le destituirá del cargo que ocupan”.
Esta notificación ha sido presentada por personal del juzgado mixto de Cerritos, que manifiesta haber ejecutado la orden de notificación para que se dé cumplimiento a lo dispuesto por el Tribunal.

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