{"id":4914,"date":"2013-01-12T17:43:33","date_gmt":"2013-01-12T23:43:33","guid":{"rendered":"http:\/\/www.plurinominal.com.mx\/?p=4914"},"modified":"2013-01-21T17:45:20","modified_gmt":"2013-01-21T23:45:20","slug":"maestros-cerritenses-tambien-se-amparan-contra-la-reforma-laboral","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.plurinominal.com.mx\/?p=4914","title":{"rendered":"Maestros cerritenses tambi\u00e9n se amparan contra la Reforma Laboral"},"content":{"rendered":"<ul>\n<li>El primer Sindicato en hacerlo fue el del Seguro Social<\/li>\n<\/ul>\n<figure id=\"attachment_4915\" aria-describedby=\"caption-attachment-4915\" style=\"width: 94px\" class=\"wp-caption alignright\"><a href=\"https:\/\/www.plurinominal.com.mx\/?attachment_id=4915\" rel=\"attachment wp-att-4915\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"size-full wp-image-4915\" alt=\"La Coordinadora Municipal de la Secci\u00f3n 26, Benita Z\u00fa\u00f1iga Solano. ARCHIVO PN.\" src=\"https:\/\/www.plurinominal.com.mx\/wp-content\/uploads\/24-benita-zu\u00f1iga.jpg\" width=\"94\" height=\"132\" \/><\/a><figcaption id=\"caption-attachment-4915\" class=\"wp-caption-text\">La Coordinadora Municipal de la Secci\u00f3n 26, Benita Z\u00fa\u00f1iga Solano. ARCHIVO PN.<\/figcaption><\/figure>\n<p><em>Francisco V.-<\/em> Maestros de este municipio fueron convocados por el l\u00edder de la Secci\u00f3n 26, Profesor Ricardo Garc\u00eda Melo, para ampararse contra la Reforma Laboral.<br \/>\nDe entrada, recibieron la indicaci\u00f3n de firmar el documento de amparo, dirigido al Juzgado IX de Distrito y adherir siete copias de la credencial de elector y del cheque de la \u00faltima quincena de diciembre.<br \/>\nLa Coordinadora Municipal de la Secci\u00f3n 26, Benita Z\u00fa\u00f1iga Solano, convoc\u00f3 a Delegados y Representantes de centros de trabajo para sostener una reuni\u00f3n y dar a conocer los pormenores del amparo promovido.<br \/>\nV\u00eda Internet, Delegados y Representantes de trabajo remitieron el documento a sus representados ante la imposibilidad de hacerlo personalmente, debido a que muchos no se encontraban en sus domicilios.<br \/>\nEn un documento, la Secci\u00f3n 26 pide a Delegados y Representantes de centros de trabajo que recopilen las firmas y documentos y hagan entrega de \u00e9stos a las 20:00 horas del s\u00e1bado 12 de enero de 2013.<br \/>\nCabe destacar, que el primer sindicato en ampararse contra la reforma laboral fue el que aglutina a los trabajadores del Seguro Social.<br \/>\nLos antecedentes que constituyen el Acto Reclamado por los Profesores, datan del 1 septiembre 2012, cuando el Ejecutivo Federal present\u00f3 para tr\u00e1mite preferencial al Presidente del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.<br \/>\nComo las distintas c\u00e1maras que integran el Congreso de la Uni\u00f3n, agotaron el proceso parlamentario y realizaron diversas observaciones y modificaciones, con fecha 30 noviembre del a\u00f1o pasado, emitieron decreto mediante el cual se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo e igualmente este fue promulgado por el Ejecutivo Federal y refrendado por el Secretario de Gobernaci\u00f3n y el Director del Diario Oficial de la Federaci\u00f3n orden\u00f3 su publicaci\u00f3n.<br \/>\nLos quejosos, acuden al ejercicio de la acci\u00f3n constitucional mediante la v\u00eda del Amparo Indirecto, como trabajadores de la educaci\u00f3n que presta sus servicios a la Federaci\u00f3n, estados o municipios, bajo el r\u00e9gimen de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, sujetos a los derechos previstos en el apartado \u201cB\u201d del art\u00edculo 123 constitucional y\/o en t\u00e9rminos de la jurisprudencia 1\/96 emitido por el pleno del m\u00e1s alto tribunal de la naci\u00f3n, al prestar servicio para autoridades educativas de organismos p\u00fablicos descentralizados, tambi\u00e9n son aplicables las normas m\u00ednimas previstas en el apartado \u201cA\u201d del citado art\u00edculo 123.<br \/>\nDebido a lo anterior, los quejosos se\u00f1alan como autoridades responsables del acto reclamado, al Congreso de la Uni\u00f3n, integrado por las c\u00e1maras de Diputados y Senadores, al Titular del Poder Ejecutivo Federal, al Secretario de Gobernaci\u00f3n, y al Director del Diario Oficial de la Federaci\u00f3n.<br \/>\nDel Congreso de la Uni\u00f3n reclama la apropiaci\u00f3n, dictamen y aprobaci\u00f3n del decreto del 30 noviembre 2012 que contiene la reforma, adici\u00f3n y derogaci\u00f3n de diversos art\u00edculos de la Ley Federal del Trabajo.<br \/>\nDel Titular del Ejecutivo Federal, se reclama la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversos art\u00edculos de la Ley Federal del Trabajo, que fue presentada como iniciativa de tr\u00e1mite preferencial el 1 septiembre de 2012, as\u00ed como la promulgaci\u00f3n del Decreto de fecha 30 noviembre de 2012, que contiene la reforma, adici\u00f3n y derogaci\u00f3n de diversos art\u00edculos de la Ley Federal del Trabajo.<br \/>\nDel Secretario de Gobernaci\u00f3n, se reclama el refrendo del decreto fechado el 30 noviembre 2012 y del Director del Diario Oficial de la Federaci\u00f3n la publicaci\u00f3n del decreto.<br \/>\nMediante el amparo se combaten diversos art\u00edculos de la (nueva) Ley Federal del Trabajo, esto con fundamento en la fracci\u00f3n primera de la Ley de Amparo vigente, ya que los preceptos impugnados de la ley que constituye el acto reclamado tienen el car\u00e1cter de auto aplicativos en virtud de que causan agravio a los quejosos, por su sola entrada en vigor.<br \/>\nSeg\u00fan se estipula en la demanda de amparo, con la llegada de la ley que se combate, se pone en riesgo la estabilidad en el empleo, el derecho a recibir un salario remunerado, las caracter\u00edsticas o principios de bilateralidad son eliminados al pretender que sea el patr\u00f3n el que tenga la potestad para dar por terminada la relaci\u00f3n laboral con mayor facilidad y sin el pago de las prestaciones que anteriormente la ley consagraba seg\u00fan el art\u00edculo 123 constitucional, convirtiendo la fuerza de trabajo y el derecho al empleo en un art\u00edculo de comercio, atentando as\u00ed contra la dignidad humana.<br \/>\nAl momento del cierre de la presente nota, no se supo cu\u00e1ntos profesores del municipio se adhirieron a la demanda de amparo, aunque los l\u00edderes sindicales hac\u00edan lo posible por recaudar el mayor n\u00famero de firmas y documentos.<br \/>\nEs probable que se lleve a cabo alg\u00fan tipo de manifestaci\u00f3n como la ocurrida el pasado viernes en la ciudad de San Luis Potos\u00ed en contra de la aprobaci\u00f3n de la Reforma Educativa, donde el Profesor Felipe de Jes\u00fas Cervantes P\u00e9rez miembro de \u201cExpresi\u00f3n Combativa del SNTE\u201d sufri\u00f3 represi\u00f3n por parte de elementos de la Secretar\u00eda de Seguridad P\u00fablica del Estado, quienes quisieron quitarle el meg\u00e1fono con que se dirig\u00eda a sus compa\u00f1eros en la protesta, afortunadamente todo qued\u00f3 en empujones y reclamos.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El primer Sindicato en hacerlo fue el del Seguro Social Francisco V.- Maestros de este municipio fueron convocados por el l\u00edder de la Secci\u00f3n 26, Profesor Ricardo Garc\u00eda Melo, 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