- Así se estipula en la Ley de Deuda Pública
- Intentan pago de laudos laborales con 2.5 mdp
Redacción, con datos de Francisco V. De la Cruz.- Para adquirir un crédito, el ayuntamiento debe apegarse a la Ley de Deuda Pública y esta tiene que ser autorizada por las dos terceras partes del Cabildo y el Congreso del Estado. Así lo explicó a Plurinominal un integrante del cuerpo edilicio, que basa su argumento en la Ley de Deuda Pública para el estado de San Luis Potosí.
Como se ha informado, se busca pagar laudos laborales con exactitud con una cantidad aproximada a los dos millones y medio de pesos.
Pero regidores creen que el Congreso del Estado, difícilmente dará su aprobación para que Cerritos se endeude, y solamente quedarán en garantía las partidas presupuestales que llegan en uno de los ramos.
Añadió el manifestante, que también los bancos corren riesgos y tampoco se pueden afectar participaciones federales.
El artículo 13 de la Ley de Deuda Pública estipula que Competen a los ayuntamientos, las atribuciones siguientes:
I. Presentar al Congreso, previa autorización de las dos terceras partes de su cabildo, las solicitudes de autorización de endeudamiento que excedan su periodo constitucional y, en su caso, la afectación de las participaciones y aportaciones que en ingresos federales les correspondan, en los términos y hasta por los montos previstos en la Ley de Coordinación Fiscal, así como sus proyecciones de ingresos propios, o los bienes muebles o inmuebles que poseen y que no se encuentren destinados directamente a la prestación de un servicio público, en los términos previstos por esta Ley.
Aunque debe quedar claro, que no se deben comprometer las participaciones del ramo 33.
Cabe destacar, que el ayuntamiento puede pedir dinero al banco siempre que los recursos con que se pague dicho préstamo no afecten servicios públicos, es decir que no se tenga que cubrir el pago de agua potable, energía eléctrica u otros servicios que preste el ayuntamiento a la población.
Pero se desconoce el fundamento en el que se establece que puedan pagarse laudos laborales contratando un crédito como el que fue aprobado por los panistas, pues por lo general, con la deuda contratada se realizan obras y programas de asistencia social, y no se subsanan los errores cometidos por otras administraciones, en este caso haber liquidado incorrectamente a los ex empleados.
Así las cosas, se obliga a los ayuntamientos a ser precavidos en sus presupuestos.
La Ley de Presupuesto y Gasto Público de los municipios de San Luis Potosí, en su artículo 10, párrafo II marca: Los ayuntamientos deben prever en sus presupuestos de ingresos una partida presupuestal para el pago de laudos laborales, lo que al parecer no ha aplicado en Cerritos debido al mal manejo de la administración.






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