- Salvador Guzmán cuenta con documentos oficiales que explican que se comprobaron los delitos de despojo, falsificación de documentos, uso de documento falso y alterado y fraude específico, y que él es el propietario del fraccionamiento
MARCO SERNA.- La segunda Sala del Supremo Tribunal Superior de Justicia del Estado, resolvió asunto relacionado con la Unidad Habitacional Jardines de la Unidad, ordenando al Juez Quinto del Ramo Penal, gire las órdenes de aprehensión respectivas en contra de algunos implicados.
Quienes ahora tienen serios problemas con la ley, responden a los nombres de José Guevara Campos, Ludmila González Romero y Ludmila Guevara Campos por los delitos de despojo, falsificación de documentos, uso de documento falso y alterado y fraude específico, quedando pendiente la situación jurídica de Carlos Alejandro Rangel Lozano y Gustavo Rangel Lozano, que también serían presuntos responsables según documentos certificados que mostró a este medio Salvador Guzmán Carbajal.
El ciudadano acudió ante Plurinominal para explicar que ahora cuenta con una resolución federal, que lo da por dueño legítimo del predio ubicado junto a las vías del ferrocarril y la Unidad Deportiva, litigio que se extendió por más de 10 años y que le ha causado una serie de perjuicios perjuicios que van desde lo económico hasta lo moral.
De acuerdo al recurso de denegación de apelación número 1/2019, relativo a la causa instruida en contra de José Guevara Campos, Ludmila González Romero, Ludmila Guevara González, Carlos Alejandro Rangel Lozano, Gustavo Rangel Lozano y del licenciado Francisco Artolozaga Noriega, por el delito de fraude, despojo, falsificación de documentos, uso de documento falso o alterado y asociación delictuosa, se dictó una resolución de cumplimentación a la ejecutoria de amparo, cuyos puntos resolutivos a la letra dicen:
PRIMERO; …se libra orden de aprehensión únicamente en contra de Ludmila González Romero, por el delito de falsificación de documentos, quedando firme la negativa de librar orden de aprehensión por lo que se refiere a los demás indiciados, por dicho ilícito.
SEGUNDO; … se libra orden de aprehensión únicamente en contra de José Guevara Campos, Ludmila González Romero y Ludmila Guevara González, por el delito de despojo, quedando firme la negativa de librar orden de aprehensión por lo que se refiere a los demás indiciados, por este ilícito».
TERCERO; … se libra orden de aprehensión únicamente en contra de los indicados José Guevara Campos y Ludmila Guevara González, por el delito de uso de documento falso o alterado, quedando firme la negativa de librar orden de aprehensión por lo que se refiere a los demás indiciados, por dicho ilícito.
CUARTO;… se libra orden de aprehensión únicamente en contra de Ludmila Guevara Gonzalez y José Guevara Campos, por el delito de fraude, quedando firme la negativa de librar orden de aprehensión por lo que se refiere a los demás indiciados, por este ilícito.
QUINTO;… se niega librar orden de aprehensión en contra de José Guevara Campos, Ludmila González Romero, Ludmila Guevara González, Carlos Alejandro Rangel Lozano, Gustavo Rangel Lozano y el licenciado Francisco Artolozaga Noriega, por el delito de asociación delictuosa (en su modalidad de pandillerismo).
SEXTO.- Envíese copia certificada de la presente resolución al Tribunal Colegiado en Materia Penal del Noveno Circuito, para hacer de su conocimiento que se dio cumplimiento a la ejecutoria de fecha 11 once de agosto del año 2022 dos mil veintidós, emitida por ese Tribunal Colegiado, promovida por Salvador Guzmán Carajal y Arlene Angélica Valladares González, contra la resolución pronunciada por esta Segunda Sala el 5 cinco de abril del año 2022 dos mil veintidós.
SÉPTIMO.- Notifíquese, comuníquese, cúmplase y con copia certificada de la presente resolución, devuélvase los autos de la averiguación al Juez del conocimiento para su debido cumplimiento y en su oportunidad archívese el toca.
Recordemos algunos antecedentes del asunto. De acuerdo a Salvador Guzmán, la empresa que vendió los lotes fraccionados, fue Compulsa, S.A. de C.V., representada por Gustavo Rangel Lozano y Carlos Alejandro Rangel Lozano. También se menciona el contrato de compraventa que se realizó ante la fe del licenciado Octaviano Gómez y Gómez, Notario Público número 4 en ejercicio en esta la capital, con fecha 7 siete de septiembre de 1998 mil novecientos noventa y ocho, bajo el acta número 6, volumen 2609.
Pero los colonos de la Unidad habitacional Jardines de la Unidad, sabían del litigio, aunque, en junio de 2015, cuando este medio tocó el tema por última vez, decían estar desinformados de como iba el asunto.
Los dueños de las casas decían tener escrituras donde se les declaraba propietarios, según dijeron las adquirieron mediante un préstamo para trabajadores al servicio de la educación y que las propiedades fueron compradas a la constructora por cantidad cercana a los 530 mil pesos.
En diciembre de 2009, el licenciado Salvador Guzmán Carbajal llegó frente a algunos nueve domicilios de la calle Poder Legislativo y otros ocho ubicados en la arteria Poder Judicial del fraccionamiento. Se introdujo en los hogares con la finalidad de colocar exhortos en las ventanas con vista hacia la calle, asegurando ser el propietario.
En los documentos pidió a las autoridades de la ciudad de San Luis Potosí que se citara a Carlos Alejandro Rangel Lozano y a Gustavo Rangel Lozano, propietarios de la inmobiliaria que construyó el conjunto habitacional Jardines de la Unidad, a los cuales, Guzmán Carbajal acusó de despojo y daños.
Desconcertados, los vecinos decidieron convocar a reunión el domingo 6 de diciembre de 2009 para tomar acuerdos.
Esto le trajo problemas a quien se decía propietario, por lo que tuvo que sujetarse a un proceso en el juzgado de Guadalcázar en diciembre de 2011, que en ese tiempo estuvo a cargo del Licenciado Moisés Gerardo García Morán, dado que Guzmán Carbajal se había quejado contra actos del juzgado mixto de Cerritos, entonces el asunto se envió al municipio vecino.
Pasó el tiempo y hoy se conoce una resolución que le es favorable al ciudadano que tiene peleando el caso por más de 10 años, quien ahora también responsabiliza a Catastro Municipal y al Registro Público de la Propiedad por haber permitido el fraccionamiento y registrado documentos que según se probó, resultaron apócrifos. Según Salvador Guzmán, hoy los colonos tendrán que denunciar por fraude a quienes fraccionaron, que en este caso fueron Gustavo Rangel Lozano y Carlos Alejandro Rangel Lozano mediante la constructora Compulsa, S.A. de C.V.







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