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Delitos electorales en la mira

  • Las sanciones incluyen destitución, o inhabilitación de 2 a 6 años para ejercer cargos públicos

JOSÉ ÁNGEL MTZ.- La Secretaría de la Función Pública, en colaboración con la Fiscalía General de la República y SIDEC (Denuncia Ciudadana de la Corrupción), ha emitido una importante advertencia sobre los delitos electorales en México durante el año 2024. Estos crímenes atentan contra la integridad del proceso democrático y la voluntad popular, socavando uno de los pilares fundamentales de la democracia.

Los servidores públicos deben cumplir con su deber de manera imparcial y sin influencias políticas. Sin embargo, aquellos que cometan delitos electorales enfrentarán consecuencias severas. Algunas de las acciones consideradas como delitos electorales incluyen:

Condicionar servicios o programas gubernamentales con fines político-electorales: Utilizar recursos públicos para obtener ventajas electorales es inaceptable. Apoyar opciones electorales durante el horario laboral: Los servidores públicos no deben favorecer a ningún candidato mientras desempeñan sus funciones. Utilizar recursos o instalaciones públicas con fines político-electorales: Esto distorsiona la equidad del proceso. Obligar al personal subordinado a asistir a eventos proselitistas: La coacción política es inadmisible. Solicitar aportaciones de dinero o en especie para apoyar opciones electorales: Esto compromete la imparcialidad. Forzar al personal subordinado a votar o abstenerse: La libertad de elección debe ser respetada.

Las sanciones por delitos electorales incluyen destitución, inhabilitación de 2 a 6 años para ejercer cargos públicos, multas de 200 a 400 días y prisión de 2 a 9 años. Además, se advierte que el uso de programas sociales con fines electorales puede resultar en prisión preventiva oficiosa.

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