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Funcionarios insensibles

«En varias colaboraciones he hablado de los problemas de infraestructura que padece la ciudad en sus calles, no sólo las principales, sino en todas y otros problemas que nos aquejan». Francisco Valero.

POR FRANCISCO VALERO.- Es lamentable que en esta localidad contemos con funcionarios municipales insensibles ante los problemas que padecemos.

Nuestras autoridades municipales no sienten compromiso con el cargo que ostentan y a través del cual reciben un salario que devengan de la Tesorería Municipal. Tampoco reflexionan sobre el motivo por el cual reciben un salario.

En varias colaboraciones he hablado de los problemas de infraestructura que padece la ciudad en sus calles, no sólo las principales, sino en todas y otros problemas que nos aquejan.

Esto me hace recordar a aquel personaje que se autodenominaba “la voz que clama en el desierto”, Salomón H. Rangel, quien a través de la prensa y en las plazas públicas llevaba a cabo encendidos discursos contra algunos gobernantes por sus errores cometidos en el ejercicio de sus funciones. Los aludidos no tomaban en cuenta los señalamientos; no hacían correcciones sobre las menciones de aquel político y luchador social que se forjó en el sinarquismo y terminó en el PAN.

Igual ocurrió con J. Carmen García Vázquez, quien también hacía temerarios señalamientos hacia los políticos en funciones, quienes también hacían caso omiso a lo que decía. Este personaje llegó a ser diputado local por parte de Acción Nacional.

En esta localidad las expresiones no sólo se vierten en los medios de información. Donde quiera se escuchan las querellas contra la administración municipal por su falta de compromiso con la ciudadanía.

No podemos imaginar cuál es el mundo que habitan los funcionarios municipales. No toman en cuenta las críticas que los ciudadanos hacen, nadie se sensibiliza, por eso las voces del pueblo de Cerritos caen en un campo desértico, «una voz que clama en el desierto».

Una autoridad responsable, al siguiente día hubiera amanecido tapando los baches, arreglando los vehículos, despidiendo a los corruptos, revisando los precios y la calidad de las obras, etcétera.

En el artículo 57, el reglamento interno señala que los responsables de cada una de las comisiones del H. Ayuntamiento presentarán, por escrito, en las reuniones de Cabildo un informe trimestral, para su análisis y formulación de acuerdos tendientes al mejoramiento de los servicios y que en caso de incumplimiento se aplicarán medidas correctivas.

Y es que sobre el caos que vive nuestra comunidad la responsabilidad recae en el presidente municipal.

En el Reglamento Interno aprobado el 17 de noviembre de 2005, durante la administración de la señora Aurelia Orozco Reyes, el artículo 34 fracción VIII establece que «el presidente municipal tiene la atribución de organizar, coordinar y dirigir las dependencias municipales, vigilando la correcta aplicación de los programas, obras y servicios públicos».

El artículo 39 dice que «el Cabildo, a propuesta del presidente nombrará de entre sus miembros a los encargados de las diferentes comisiones, que tendrán la obligación de vigilar el ramo de administración que se les encomiende».

Las comisiones son las siguientes: I Hacienda municipal; II Gobernación; III Policía preventiva y tránsito; IV Salud pública y asistencia social; V Alumbrado y obras públicas; VI Educación pública y bibliotecas; VII Educación Mercado, centro de abasto y rastros; VIII Agua potable, alcantarillado y saneamiento, IX Desarrollo urbano y ecología; X Comercio, anuncios y espectáculos; XI Desarrollo rural y asuntos indígenas; XII Cultura, recreación y deporte; XIII Servicios públicos.

Cada Comisión tiene funciones muy específicas como la de policía preventiva donde se menciona en el artículo 45, fracción X, que debe vigilar que las corporaciones de policía preventiva y de tránsito municipal cuenten con los recursos necesarios para el cabal desempeño de sus funciones.

La Comisión de educación pública y bibliotecas deberá vigilar el cumplimiento del calendario cívico, alentando la participación ciudadana en su celebración.

La Comisión de alumbrado y obras públicas, debe promover la conservación de edificios y monumentos históricos así como el cuidado de fachadas de inmuebles, pavimentación, liberación y apertura de calles y plazas.

La Comisión de mercados, centros de abasto y rastros cuenta con las atribuciones de vigilar el cumplimiento de la normatividad municipal y sanitaria en los establecimientos, productos en servicios de los mercados, centros de abasto y rastro municipal.

La Comisión de agua potable, alcantarillado y saneamiento tiene las siguientes atribuciones, «vigilar el cumplimiento de la normatividad vigente, tanto por parte de los prestadores del servicio como por los usuarios del mismo, en la administración y servicios del agua para el consumo humano».

Además deberá sugerir estrategias y procedimientos para el mejoramiento del sistema de recolección, traslado y disposición final de los desechos y basura que produce el municipio.

La Comisión de servicios públicos tiene de entre sus facultades promover la operación de los rellenos sanitarios para la adecuada disposición final de desechos municipales. Para esta comisión también está designado que deberá vigilar permanentemente los servicios que presta el municipio para su mejoramiento y lograr el objetivo de una administración municipal eficiente y eficaz, en beneficio de la comunidad municipal.

En el artículo 57, el reglamento interno señala que los responsables de cada una de las comisiones del H. Ayuntamiento presentarán, por escrito, en las reuniones de Cabildo un informe trimestral, para su análisis y formulación de acuerdos tendientes al mejoramiento de los servicios y que en caso de incumplimiento se aplicarán medidas correctivas.

El artículo 58 menciona que en caso de incumplimiento doloso de las disposiciones del reglamento, el Ayuntamiento integrará una Comisión de honor y justicia para vigilar que se instauren los procedimientos establecidos en la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí, las previstas en el artículo 160 fracciones I, II, III y IV y los establecidos en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de San Luis Potosí.

El artículo 59 habla sobre el incumplimiento de las comisiones encomendadas a los miembros del Ayuntamiento y dice que «se sancionará económicamente mediante multas de 10 a 20 salarios mínimos vigentes en la región», esto conforme a la gravedad de la falta y por acuerdo del Cabildo.

Como se puede ver, de acuerdo al reglamento señalado, cada regidor cuenta con una Comisión.

La responsabilidad de lo que está sucediendo no es únicamente del Presidente Municipal, ya que los regidores deben hacer propuestas para mejorar el desempeño de la administración.

Si preguntamos en la secretaría del ayuntamiento cuántos informes han rendido los regidores como parte de las comisiones que les corresponden, encontraremos que ninguno.

Pero también nos daremos cuenta que a pesar que se señalan sanciones por el incumplimiento, a ninguno de los regidores se les ha aplicado lo que establecen los artículos 58 y 59 en del Reglamento Interno del ayuntamiento.

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